Rodrigo León

Patentes de invención y conocimiento tecnológico

Rodrigo León Silva Abogados

Por: Rodrigo León | Publicado: Miércoles 15 de mayo de 2019 a las 04:00 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Rodrigo León

Rodrigo León

Mucho se hace mención al rol de la propiedad intelectual como combustible de la innovación, como legítima retribución a la toma de riesgo del emprendedor y regla lógica que permite el orden de los mercados. Que un consumidor sepa la marca de un producto no solamente beneficia al dueño de la marca, sino que también al mismo consumidor, que obtiene información relevante en razón de la misma marca comercial, verdadero vehículo de información sobre el producto o servicio.

Imagen foto_00000002

Dentro de la propiedad intelectual, la innovación en particular está asociada al régimen de patentes de invención y modelos de utilidad. Las primeras buscan proteger jurídicamente un invento, que puede ser un producto, un procedimiento o un uso o microorganismo en el ámbito sanitario. Los modelos de utilidad, por su lado, solamente protegen productos cuyo cambio de forma genera una utilidad nueva, beneficiado todo ello al inventor o titular de la respectiva propiedad intelectual.

Pero hay un punto muy relevante de estas propiedades intelectuales que muchas veces se pasa por alto: dado que se deben pedir al Estado como monopolios, dentro del proceso de registro es obligatorio divulgar cómo funciona la respectiva tecnología. Es decir, se debe hacer público el conocimiento tecnológico que constituye el invento. Esto es muy relevante, pues se calcula que si no existiera el sistema de patentes, más de 100 millones de documentos tecnológicos nunca se habrían hecho públicos. Hoy, gracias a la digitalización e internet, todos esos millones de documentos tecnológicos están albergados en bases de datos consultables libremente por cualquiera, que llevan las oficinas de patentes en cada país o empresas privadas (como Google, que tiene un buscador llamado Google patents, era que no).

Estas bases de datos mundiales, en que la información tecnológica se clasifica según criterios técnicos denominados CIP, constituye la fuente más relevante de información tecnológica a nivel mundial y es totalmente accesible. Mediante algoritmos, es posible cruzar dichas bases de datos con palabras técnicas clave que permiten arrojar como resultado todas las patentes relacionadas a la investigación, desarrollo o emprendimiento que se quiera hacer.

A esto último se le llama informe de arte previo. Así, por ejemplo, si quiero entregar una beca de investigación en física o ingeniería a un estudiante para el extranjero, quiero entregar un fondo de innovación, quiero licitar una obra o aún quiero firmar un contrato con una empresa, hoy en día es impresentable no realizar estos informes de arte previo que me permiten tener una información completa antes de tomar una decisión comercial que puede estar tecnológicamente equivocada, generando perjuicios para el Estado, otorgando becas a temas ya patentados, asignando licitaciones en contra de patentes concedidas, o firmando contratos con contraparte sobre temas de propiedad de terceros.

Lo más leído